Primas mensuales para asegurados con cobertura general
De acuerdo a la definición recogida en los artículos 1 y 12 del condicionado general.
Primas mensuales para asegurados con cobertura limitada
De acuerdo a la definición recogida en los artículos 1 y 12 del condicionado general.
Información y períodos de carencia
01
Período de carencia
- Período de carencia de (0) meses: Para atención de médicos especialistas y pruebas diagnósticas.
- Período de carencia de diez (10) meses: Para hospitalización, ingreso hospitalario e intervención de cualquier tipo. Una vez cumplido el período de carencia estipulado se asumirá dicha prestación.
Dicho período no surtirá efectos cuando el nuevo Mutualista o Beneficiario disponga, durante el mes anterior a la firma de la póliza, de un seguro privado de asistencia sanitaria con coberturas similares a las recogidas en las presentes Condiciones Generales y duración de, al menos, una anualidad en la compañía aseguradora anterior. - Los recién nacidos que se incorporen como beneficiarios de la póliza de sus progenitores no estarán acogidos a los periodos de carencia anteriormente indicados, siempre y cuando el alta se produzca durante los 30 días posteriores al nacimiento y la permanencia como asegurado de la Entidad Aseguradora o Asegurador de al menos uno de los progenitores hubiese superado dichos períodos de carencia.
02
Documentación necesaria para solicitud de alta en la mutualidad
- Solicitud de ingreso cumplimentada.
- D. N. I. (preferiblemente en color)
- Último recibo de su compañía de salud (en caso de proceder de otro seguro médico privado)