Primas mensuales para asegurados con cobertura general

De acuerdo a la definición recogida en los artículos 1 y 12 del condicionado general.

Primas mensuales para asegurados con cobertura limitada

De acuerdo a la definición recogida en los artículos 1 y 12 del condicionado general.

Información y períodos de carencia

01

Período de carencia

  • Período de carencia de (0) meses: Para atención de médicos especialistas y pruebas diagnósticas.
  • Período de carencia de diez (10) meses: Para hospitalización, ingreso hospitalario e intervención de cualquier tipo. Una vez cumplido el período de carencia estipulado se asumirá dicha prestación.
    Dicho período no surtirá efectos cuando el nuevo Mutualista o Beneficiario disponga, durante el mes anterior a la firma de la póliza, de un seguro privado de asistencia sanitaria con coberturas similares a las recogidas en las presentes Condiciones Generales y duración de, al menos, una anualidad en la compañía aseguradora anterior.
  • Los recién nacidos que se incorporen como beneficiarios de la póliza de sus progenitores no estarán acogidos a los periodos de carencia anteriormente indicados, siempre y cuando el alta se produzca durante los 30 días posteriores al nacimiento y la permanencia como asegurado de la Entidad Aseguradora o Asegurador de al menos uno de los progenitores hubiese superado dichos períodos de carencia.
02

Documentación necesaria para solicitud de alta en la mutualidad

  • Solicitud de ingreso cumplimentada.
  • D. N. I. (preferiblemente en color)
  • Último recibo de su compañía de salud (en caso de proceder de otro seguro médico privado)

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